miércoles, 30 de noviembre de 2011

Principios Fundamentales: Capitulo I de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela.


Análisis artículo 1 de la CRBV

Constitución anterior Enmienda 2º de la Constitución de 1961 - 2 de febrero (desde 1983 a 1999):
Artículo 1. La República de Venezuela es para siempre e irrevocablemente libre e independiente de toda dominación o protección de potencia extranjera.
Constitución de 1999 - Desde el 10 de enero de 2001 solo ha tomado juramento Hugo Chávez.




Constitución actual: Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, Número 36.860

TÍTULO IPrincipios Fundamentales

ARTÍCULO 1.
La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

La CRBV sigue la estructura formal de todos los documentos constitucionales. En este informe de muestran el artículo 1 de la constitución anterior 1983, en comparación con la actual de 1999. Cabe señalar que a pesar de esta nueva reforma, la CRBV encuentra todavía enormes obstáculos para ser practicada, y hasta siquiera conocida o comprendida por vastos sectores de la población, en estrecha relación con el déficit ciudadano o desconocimiento. En esta última se destaca sus fundamentos en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador (Venezuela, 1783-Colombia, 1830) mensajes donde expone sus proyectos constitucionales; su concepto de la independencia y de la democracia; sus iniciativas en pro de la igualdad social; su lucha contra el peculado y la corrupción administrativa; sus ideas sobre el poder moral; su decidida promoción de la educación y la cultura; su visión americanista y universal; su repudio de la esclavitud y de la mita; su defensa de la soberanía nacional; su protección a la agricultura y a la industria.
Y en base a todos estos fundamentos La República Bolivariana de Venezuela es desde su independencia libre de cualquier poder extranjero, y desde entonces ningún ente ajeno o propio tiene la facultad de cambiar su soberanía, y más bien promover la justicia, paz e igualdad para todos los venezolanos. Con el fin de mantener una nación autónoma, autosuficiente y en buen a relación con otros gobiernos.
 “Juro delante de Dios, juro delante de la Patria, juro delante de mi pueblo que sobre esta moribunda Constitución impulsaré las transformaciones democráticas necesarias para que la República nueva tenga una Carta Magna adecuada a los nuevos tiempos. Lo juro” (Hugo Chávez, 2 de febrero de 1999).

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